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No fue una licitación, fue un traje a la medida del único oferente

No fue una licitación, fue un traje a la medida del único oferente

La Procuraduría General de la Nación sancionó a la exalcaldesa de Santa Marta, Virna Lizi Johnson Salcedo, y al exgerente de Infraestructura, Jonatan Alfredo Nieto Gutierrez, por irregularidades en una licitación de 2020. El proceso, plagado de requisitos injustificados y restrictivos, terminó con un único oferente y un contrato de $4.904 millones.

Editorial Informativo El Morro

En el mundo de la contratación pública, la línea entre la discrecionalidad administrativa y el direccionamiento de procesos es tan delgada como frágil. El reciente fallo de la Procuraduría en el caso de la exalcaldesa de Santa Marta Virna Johnson y su exgerente de Infraestructura nos recuerda que esa línea, cuando se cruza, puede costar no solo millonarios contratos, sino también carreras políticas enteras.

La licitación pública LP-GI-001-2020 para la construcción de un escenario recreativo en el barrio Gaira se perfiló desde el inicio como un traje a la medida. Los requisitos financieros y de experiencia establecidos no solo carecían de justificación técnica, sino que parecían diseñados para ahuyentar a cualquier competidor indeseado.

¿Cómo explicar que se fijara un índice de liquidez de 1,2 cuando el promedio del sector era 1.74? ¿O una razón de cobertura de intereses de 1.0 frente al 13.55 del mercado? Estos números, lejos de ser simples cifras en un pliego, se convirtieron en barreras infranqueables para muchos potenciales oferentes.

Pero el verdadero golpe maestro vino con los requisitos de experiencia. Exigir contratos con un área intervenida igual o mayor a 6.372 m2 (nada menos que el 100% del proyecto) en los últimos 5 años no solo era desproporcionado, sino que olía a exclusividad. La Procuraduría no se equivoca al calificarlo como "limitante de la participación".

Y cuando algunos valientes se atrevieron a cuestionar estas exigencias, la respuesta fue aún más sorprendente. En lugar de reconsiderar, la Alcaldía optó por endurecer aún más las condiciones. La Adenda No. 1 no solo mantuvo los requisitos cuestionados, sino que añadió una lista de exigencias específicas que parecían sacadas de un catálogo de "cómo ahuyentar oferentes en 10 pasos".
El resultado era previsible: un único oferente, B&P Construcciones S.A.S., se llevó el contrato por $4.904 millones. La pluralidad de oferentes, principio fundamental de la contratación pública, quedó reducida a una mera formalidad.
La defensa de la exalcaldesa Johnson Salcedo, alegando un "error invencible" y falta de participación directa, suena más a una estrategia desesperada que a una explicación convincente. ¿Cómo puede la máxima autoridad del municipio desligarse de un proceso de tal magnitud argumentando que "las acciones fueron ejecutadas por sus subalternos"?
El fallo de la Procuraduría es claro: hubo una "desatención elemental" de los deberes públicos. El principio de transparencia y el deber de selección objetiva fueron sacrificados en el altar de la conveniencia.

Las sanciones impuestas - destitución e inhabilidad general - son un recordatorio severo de que la contratación pública no es un juego de ajedrez donde se pueden mover las piezas a conveniencia. Es un ejercicio de responsabilidad y transparencia que impacta directamente en el bienestar de los ciudadanos.

Mientras los recursos legales siguen su curso, queda una pregunta en el aire: ¿Cuántos casos similares pasan desapercibidos en la maraña burocrática de nuestros municipios? La licitación de Santa Marta no es solo un caso aislado, es un síntoma de un mal que corroe la confianza en nuestras instituciones.

Es hora de que los funcionarios públicos entiendan que la contratación estatal no es un traje que se puede ajustar a medida del mejor postor. Es un compromiso con la transparencia, la eficiencia y, sobre todo, con el interés público. Solo así podremos aspirar a una gestión pública que realmente sirva a los ciudadanos y no a intereses particulares.